El Gobierno local (GDF) publicó la prohibición a servidores públicos de recibir regalos, estímulos, gratificaciones e invitaciones de otro funcionario o de algún proveedor, contratista o permisionario.
Esto incluye a funcionarios de las delegaciones y dependencias del Gobierno Central.
“En caso de que se reciban obsequios, donativos o beneficios en general de los señalados en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, deberán remitirse a la Contraloría General”, señala la Gaceta Oficial del DF.
También se prohíbe a los servidores públicos solicitar o recibir favores, ayudas y/o beneficios para ellos mismos o para sus cónyuges o parientes consanguíneos hasta cuarto grado.
Esto, incluso para terceros con los que se tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios.
En lo que se refiere a las bases de licitación pública, invitación restringida y adjudicaciones directas, se deberán señalar el nombre y cargo de las personas servidoras públicas que tienen facultades originarias por delegación y/o dependencia.
Además, deberán solicitar a los contratistas, permisionarios o concesionarios la presentación por escrito de una manifestación bajo protesta de decir verdad, que no se encuentran inhabilitadas o sancionadas por la Contraloría General, la Secretaría de Función Pública, ni por otra autoridad.
“Igualmente y para prevenir y evitar configuración real o potencial de conflicto de intereses, se deberá requerir la manifestación de que los socios, directivos, accionistas, administradores, comisionarios y demás personal de sus procesos de ventas, comercialización, relaciones públicas o similares, que no tienen o no van a tener el siguiente año o han tenido en el último año, relación profesional, laboral, familiar o de negocios con las personas servidoras públicas señaladas”, agrega la Gaceta.
Ahora, los funcionarios públicos de estructura -excepto, personal de base- deberán declarar las relaciones pasadas, presentes o potenciales con personas físicas o morales, de carácter familiar, profesional, personal, laboral o de negocios.
Esto, incluyendo socios, directivos, accionistas, administradores, comisarios y demás personal responsable de sus procesos de ventas, comercialización, relaciones públicas o similares.
“También deberán declarar lo correspondiente al cónyuge, a la personas con quien vive en concubinato, en sociedad en convivencia o dependiente económico”, indicó.
Los servidores públicos que intervengan en algún procedimiento que beneficie a sus superiores jerárquicos serán amonestados administrativamente.
Entre las sanciones se contemplan el apercibimiento, amonestación, suspensión, destitución o inhabilitación, y en algunos casos, las económicas, según lo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Los lineamientos entrarán en vigencia 45 días después a partir de este miércoles.
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